Responsabilidad de los Administradores
La figura del Administrador en la sociedad es clave y de gran importancia, pues es quien actúa en nombre y presentación de la sociedad. Todo y que la actividad del administrador no está sujeta a limitación, si que está sujeta también a un régimen de responsabilidades, de las cuales responderá si su actuación no se ajusta a la Ley o a los estatutos sociales.
Su actuación debe efectuarse ajustándose a lo siguiente:
- Actuar con la diligencia adecuada
- Buena fe
- No sobreponer su interés al interés de la sociedad
- Decidir conforme al procedimiento preestablecido y acorde a la información recabada adecuada y suficientemente.
Si el administrador actúa de tal forma que causa daños a la sociedad, éste deberá responder ante los socios y los acreedores de la sociedad, siempre que dichos daños se deban a una actuación fraudulenta, contraria a la ley, a los estatutos o siendo contrarios a sus deberes como administrador.
La acción societaria por responsabilidad del administrador, se interpondrá por parte de la sociedad, a instancia de algún socio y habiéndose tomado la decisión en Junta General.