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Derecho Civil

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Reclamaciones de Cantidad

Existen diferentes vías para reclamar las deudas o las cantidades que nos deben, dependiendo del origen de la deuda. En su generalidad, la mayoría provendrán de facturas o cheques, pagares o letras de cambio impagadas, por lo que iniciaremos el proceso con el correspondiente procedimiento monitorio o cambiario.

Es costumbre del bufete, antes de iniciar cualquier procedimiento judicial, reclamar las cantidades por la vía amistosa o extrajudicial, reduciendo el tiempo de cobro a la vez que disminuimos también los costes del proceso.

En caso de agotar la vía extrajudicial, seleccionamos el proceso más exitoso para recuperar lo adeudado con la mayor celeridad posible, estudiando cada caso de forma pormenorizada.

Accidentes de Tráfico

En el caso de sufrir un accidente de tráfico, es de gran importancia proteger tu salud y obtener una adecuada indemnización económica. El departamento de accidente de circulación de Avantia Abogados, cuida de ti, efectuado una correcta evaluación de los daños físicos, materiales y obteniendo la máxima indemnización.

El plazo para realizar la reclamación es de un año desde que se produjo el accidente.

Además le facilitamos una vía de reclamación para reclamas indemnizaciones relacionados con los incidentes de tráfico, tales como:

  • Lesiones o fallecimientos
  • Incapacidades
  • Alcoholemias
  • Reclamaciones a compañías de Seguro

Indemnizaciones por Daños y Perjuicios

La indemnización por daños y perjuicios puede provenir por el incumpliendo de un contrato – incumplimiento de obligaciones contractuales del 1101 del Código Civil – o bien por daños extracontractuales derivados del artículo 1902 del Código Civil.

Este tipo de indemnización, por daños y perjuicios lo que pretende es reparar el daños causado. Siendo sus requisitos los siguientes:

  • Que exista una obligación incumplida.
  • Que no se pueda cumplir en forma específica.
  • Que se hayan producido daños o perjuicios, ya sea un daño patrimonial, lucro cesante, daño moral, etc.
  • Que exista nexo de causalidad.

Desahucios

Nos podemos encontrar en diferentes escenarios en el caso de tener que interponer un desahucio. Ya sea por falta de pago de rentas, por ocupación ilegal de la vivienda, o bien desahucio por precario.

En el desahucio por impago de rentas, recomendamos previamente efectuar un requerimiento extrajudicial de pago, ya que de lo contrario, si interponemos directamente la demanda judicial, la parte contraria puede enervar la acción – pagar en sede judicial la cantidad reclamada – quedando la demanda sin mas recorrido. Si producida esta comunicación extrajudicial, no hubiera conformidad por el inquilino, procederemos a la demanda por la vía judicial, reclamando las rentas y suministros impagados, tanto presentes como pasados y futuros.

En relación a los desahucios por ocupación, será de gran importancia poder notificarlos antes de las 48 horas iniciales a la ocupación, permitiendo esto poder desalojar la vivienda con una simple intervención policial mediante denuncia.

De lo contrario, deberemos recurrir al desahucio exprés, que desde la entrada en vigor de la nueva ley nos permite desde la fecha de interposición de la demanda, desalojar la vivienda en un plazo de 6 a 8 meses.

En cuanto al desahucio por precario, nos permite recuperar la posesión de la vivienda, a aquellas personas que han accedido a la misma, por unos días y de forma gratuita, pero que de forma voluntaria, ocupándolas posteriormente sin el consentimiento de la parte propietaria.

Protección de Derechos de la Propiedad

Acción Declarativas de Dominio

La acción declarativa de dominio, es una de las acciones que nos permiten la protección del derecho a la propiedad de dominus es decir, del dueño o propietario del inmueble. Todo y su confuso redactado, se encuentra regulada en el art. 348 del Código Civil.

La acción declarativa de dominio se encuentra entre las meramente declarativas que “no buscan la obtención actual del cumplimiento coercitivo del derecho sino la puesta en claro del mismo”, y como éstas se caracteriza por tener por finalidad únicamente la cesación de una situación jurídica controvertida o que genera inseguridad; por su naturaleza meramente declarativa.

Acción Reivindicativa de Dominio 

La acción reivindicativa o reivindicatoria de dominio, es la que nos faculta para reclamar lo que consideramos que es de nuestra propiedad, a diferencia de la acción declarativa de dominio, que es el mero reconocimiento, la acción reivindicativa de dominio, nos da la posesión del inmueble en cuestión.

Que requisitos son necesario para que prospere con éxito:

  • Tener justo título
  • Que la persona a la que se le reclama, sea poseedor sin título alguno
  • Identificación exacta del inmueble.
  • Que no exista prescripción adquisitiva o usucapión.

Lindes y Servidumbres de Paso

Delimitar nuestra propiedad o definir las servidumbres de paso, puede afectar a nuestro derecho de propiedad, ya sea por perder una parte de la misma, o aumentando o disminuyendo su valor.

Para ello, se efectúa un estudio detallado de la situación, interponiendo las acciones correspondientes al efecto, ya sea mediante las acciones declarativa, reivindicativa de dominio, o bien interponiendo una acción de deslinde o amojonamiento que delimite exactamente la finca o servidumbre de paso.

De la misma manera que podemos crear una servidumbre de paso a nuestra finca, siempre que se cumplan los requisitos legales, estas se pueden modificar o extinguir. No obstante deberemos contemplar siempre los plazos de prescripción, así como efectuar un estudio pormenorizado de las escrituras, y anotaciones en el Registro de la Propiedad.

 Acciones de deslinde y Amojonamiento 

El deslinde y amojonamiento son procedentes cuando existe confusión entre terrenos colindantes, es decir, cuando no podamos saber exactamente cuál es la línea perimetral de cada propiedad.

Para acceder a esta acción podemos efectuar por dos vías procesales diferentes. En primer lugar, acudiendo a un procedimiento de jurisdicción voluntaria, donde ambas partes, por voluntad propia acuerdan establecer los límites de la propiedad y señalizarlos como tal.

Por otro lado, podremos efectuar estas acciones mediante la jurisdicción ordinaria, es decir, mediante la interposición de una demanda civil en los Juzgados y Tribunales competentes al efecto.

Reclamaciones de los Consumidores

Como consumidores y usuarios debemos hacer nuestros derechos, y en ello nos apara la Ley General de Consumidores y Usuarios, la cual obliga al vendedor a entregar a la persona consumidora el producto en las mismas especificaciones en las que se había contratado.

Es muy importan delimitar la figura del consumidor, pues solo podremos hacer este tipo de reclamación si tenemos esta condición. Por lo tanto, no seremos nunca consumidores, si somos profesionales que nos dedicamos a la venta del producto en concreto.

Dentro de las reclamaciones como consumidores podemos encontrar diferentes tipos, ya sea por productos nuevos, de segunda mano, o los comprados de forma online. Debemos estar atentos a esto pues cada tipo de reclamación se sigue por unas normas y tiempos de reclamación específicos. En atención a esto, si tiene algún problema, le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros en la máxima brevedad posible si detecta un problema como usuario, pues en algunos casos el plazo de reclamación se reduce a 7 días.

Sucesiones y Herencias

En Acura Abogados realizamos todo tipo de trámite relativo a derecho de sucesiones, herencias, procedimientos de reclamación en materia hereditaria o sucesorio o bien la defensa de éstos

Algunos de los trabajos más habituales en estos ámbitos son:

  • Redacción de testamentos y últimas voluntades
  • Impugnación de testamentos
  • Aceptaciones de Herencias
  • Reclamaciones de legítimas